Concurso organizado por el Gobierno de Cantabria.
Descripción:
Resolución de 6 de octubre de 2023, por la que se convoca el Premio Novela Gráfica Oscar Muñiz Gobierno de Cantabria 2023
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 198 Extracto Convocatoria
Fecha BOC: 16/10/2023
Fecha inicio plazo presentación:
17/10/2023
Fecha finalización plazo presentación:
21/12/2023
Beneficiarios:
Podrán participar en este premio todos los autores, con independencia de su nacionalidad, excepto los ganadores de ediciones anteriores.
Cuantía:
El premio, que estará sujeto a la retención fiscal establecida en la legislación vigente se financiará con cargo a la partida presupuestaria 03.04.334A.485.05 del ejercicio 2024, por una cuantía de 4.500,00 €.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes de participación (Anexo I) deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
- Tres ejemplares de la propuesta de la novela gráfica contemplada en el art. 3.2 e) de las bases, no irán firmados por el autor o autores y estarán exentos de cualquier signo, marca o dato que los identifique.
- Una plica, en sobre cerrado, se cumplimentará el modelo oficial establecido en la convocatoria en el que se deberá indicar el nombre del autor o autores, el seudónimo utilizado, el título de la obra, así como un breve currículum bio-bibliográfico del autor o autores.
Asimismo, en el Anexo II (plica) se hará constar las siguientes declaraciones responsables:
Conforme lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y sin perjuicio de los derechos reconocidos en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, la presentación de la solicitud supone la prestación del consentimiento por parte de la persona propuesta para que el órgano instructor del procedimiento pueda recabar de los organismos competentes la información relativa a:
A su vez, en el caso de que el solicitante dé su consentimiento, la administración actuante podrá consultar o recabar los documentos que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
En el supuesto de que se oponga o no autorice, deberá presentar los documentos acreditativos correspondientes, siendo la no aportación de éstos, causa para requerirle de conformidad con lo dispuesto en los artículos 68.1 y 73.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las certificaciones deberán ser expedidas de forma genérica o a efectos de obtención de premios, por lo que no son válidas las emitidas para cualquier otra finalidad.
No se aceptarán proyectos enviados por correo electrónico ni en soportes distintos al papel impreso (como CD, DVD, pen drives o similares) Una vez adjudicado el premio, las propuestas de novela gráfica enviadas y que no haya sido premiadas no se devolverán, al no tratarse de originales y se destruirán una vez finalizado el proceso y transcurridos los plazos para interponer recurso, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7, apartado 5.
Lugar presentación :
En cualquiera de los lugares establecidos a los que se hace referencia en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria: a través del Registro Electrónico General o en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro Auxiliar de la Consejería.
Órgano tramitador:
Dirección:
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO HISTÓTICO (CÓDIGO DIR3 O00006454 – A06048081)
C/ Vargas, 53-1ª planta - 39010 Santander
Teléfono: 942 207 420 / 942 207 421